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Con independencia del informe de la OCU, la falsedad 7 es evidente con sólo utilizar el sentido común, pues ¿alguien cree que compañías siempre dispuestas a la estafa, el fraude y el abuso permitirían que continuaran en servicio contadores que cada año que pasa marcan menos kwh de los realmente consumidos por el usuario?


2.1.8.- Falsedad 8
"En cualquier caso, las empresas eléctricas efectúan las verificaciones legalmente establecidas y fijadas en el Reglamento de Verificaciones Eléctricas”.

Es falso que las compañías eléctricas efectúen las verificaciones establecidas en el Reglamento de Verificaciones Eléctricas (RVE), pero aunque las efectuaran, ello no garantizaría la fiabilidad de los contadores en servicio, pues entre dichas verificaciones no está la verificación periódica, que es la única que garantiza que el error de medida se mantiene dentro de los márgenes legales.

Las verificaciones establecidas por el RVE son las tres siguientes:
    - Verificación previa a la instalación del contador en su lugar de utilización.

    Esta verificación, que recibe el calificativo de “primitiva”, es efectuada por el fabricante en su propio laboratorio, previamente a la salida del contador hacia el almacén de la compañía eléctrica o del distribuidor de material eléctrico.

    - Verificación posterior a toda reparación que pueda afectar a la regulación de la marcha del contador o haya exigido el levantamiento de los precintos.

    El número de estas verificaciones es despreciable, pues, salvo contadas excepciones, la reparación de un contador electromecánico es más costosa que su sustitución por uno nuevo.

    - Verificación a petición del abonado, de la compañía eléctrica o de un organismo competente de la Administración Pública.
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