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22.09.2008

9.- LA ESTAFA, PASO A PASO: EJECUCIÓN/ FABRICANTES (II)
En el apartado anterior le demostré documentalmente que los fabricantes cumplieron correctamente las dos funciones que tenían asignadas por las compañías eléctricas y el PSOE para llevar a cabo la estafa en los precios de alquiler de los contadores de la luz. Dichas funciones eran el suministro de datos falsos al Ministerio de Industria y la imposición de restricciones a los almacenistas-distribuidores (*).
    (*) Las restricciones impuestas por los integrantes de un nivel superior (los fabricantes) a los de un un nivel inferior (los almacenistas-distribuidores), que siempre son forzadas, reciben el nombre de restricciones verticales y las que se imponen entre sí los integrantes de un mismo nivel, que a veces son consensuadas, reciben el nombre de restricciones horizontales. Un ejemplo de restricciones horizontales es el reparto consensuado del mercado entre fabricantes o entre distribuidores.
Como le expuse igualmente en al apartado anterior, el cumplimiento de las dos citadas funciones fue coordinado por el grupo clandestino Contact, en el que cada fabricante estaba representado por uno o dos directivos.

La primera de dichas funciones (el suministro de datos falsos al Ministerio de Industria) no reportaba ningún beneficio económico a los fabricantes, y la segunda (la imposición de restricciones verticales), sólo el beneficio correspondiente al incremento artificial de precios de los contadores vendidos a los almacenistas-distribuidores (**).
    (**) Según datos facilitados a la Comisión Nacional de Energía (CNE) por las propias compañías eléctricas, éstas adquieren el 85% de los contadores vendidos en España, aunque según datos facilitados por Endesa a la Junta de Andalucía, dicho porcentaje supera el 93%. Por tanto, el porcentaje comprado por los almacenistas-distribuidores oscila entre el 15%, según los datos facilitados por las compañías eléctricas a la CNE, y menos del 7%, según los datos facilitados por Endesa a la Junta de Andalucía .
Dado, pues, que el beneficio económico obtenido con el cumplimiento de las dos funciones que les fueron asignadas por el PSOE y las compañías eléctricas sólo les reportaba el beneficio correspondiente al incremento artificial de precios de los contadores vendidos a los almacenistas-distribuidores, los fabricantes decidieron autoasignarse una nueva función, de la cual las compañías eléctricas no tendrían conocimiento hasta el 21.11.1995.
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