| 
                     | 
                    
                      
 
 
  
                        
                        Dicha afirmación es falsa, pues la 
                           
                        condición 16 
                        de la póliza de abono aprobada por el Real Decreto 1725/1984 establece que "el Ministerio
                        de Industria y Energía fijará las cantidades concretas máximas que se pueden aplicar por 
                        el alquiler de los aparatos contadores no especiales (...), en base al 
                        1.25% mensual del precio medio de mercado del aparato", y en enero de 1995 
                        hacía más de ocho años que el Ministerio de Industria  carecía de datos sobre los precios 
                        medios de mercado de los contadores, ya que, como consta en la declaración efectuada el 
                        29.05.2002  ante el Juzgado Central de Instrucción n° 4 por Félix Rivas Perales, 
                        presidente del grupo de fabricantes de contadores de la luz, la última vez que dichos 
                        fabricantes enviaron al Ministerio de Industria información sobre los precios de los 
                        contadores 
                           
                        fue el 23.12.1986.
  
                        
                        Con independencia de que, como directora general de Energía, María Luisa Huidobro y Arreba
                        tenía la obligación de que los precios de alquiler fueran siempre calculados conforme 
                        a lo establecido legalmente, dichos precios continuaron siendo calculados de forma 
                        ilegal incluso después de que María Luisa Huidobro y Arreba recibiera el 
                        
                        escrito de 26.05.1996 del Sercobe,
                        el cual incluye
                        
                        una tabla
                        y 
                        
                        un gráfico
                        que demuestran de forma fehaciente e irrebatible que los precios de alquiler 
                        publicados en el Boletín Oficial del Estado no han sido calculados conforme a lo 
                        establecido legalmente, pues si lo hubieran sido, la penúltima fila de la tabla y la 
                        curva representativa del precio de alquiler 
                           
                        coincidirían,
                        respectivamente, con la última fila de la tabla y la curva representativa del precio 
                        medio de mercado del contador.
  
                        
                        Resulta sorprendente que, siendo miembro del Cuerpo superior de Técnicos Comerciales y 
                        Economistas del Estado y profesora de Teoría Económica, Microeconomía y Comercio 
                        Internacional, María Luisa Huidobro y Arreba no actuara tras recibir el escrito del 
                        Sercobe, pues para detectar que los precios de alquiler indicados en la tabla y el gráfico 
                        adjuntos a dicho escrito son superiores a los que habrían resultado si hubieran sido 
                        calculados conforme a lo establecido legalmente
                           
                        bastan los conocimientos matemáticos de un alumno de primer curso de bachillerato.
                        
  
                        
                        Por todo ello y por lo expuesto en el 
                        
                        punto 2.2
                        de la presente entrega, María Luisa Huidobro y Arreba es una de las responsables 
                        directas de que el  Boletín Oficial del Estado haya sido (y esté siendo) utilizado para 
                        cometer una estafa que supera ya los 
                        
                        4.200 millones de euros 
                        y se incrementa cada día en 
                        
                        350.000 euros.
                          
                      
                     | 
                    
                     |