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T= Tarifa eléctrica

C= Costes sufragados por las tarifas eléctricas, es decir, costes pagados con los ingresos obtenidos con la venta de energía a tarifa.
    Entre los costes sufragados por las tarifas eléctricas, los tres principales son los correspondientes a las actividades reguladas:

    a) Costes de la energía adquirida por las compañías distribuidoras para su venta a tarifa.

    Desde el 01.01.1998, las operaciones de compra-venta de energía eléctrica se llevan a cabo en un mercado regulado en el que las compañías que generan energía presentan cada día sus ofertas para la demanda del día siguiente.

    Dicho mercado está gestionado por OMEL (Operador del Mercado Eléctrico), cuya actual presidenta es María Luisa Huidobro, responsable directa de que la estafa en los precios de alquiler de los contadores de la luz continúe cometiéndose, pues siendo directora general de la Energía no actuó tras recibir el escrito de 26.05.1996 de la Asociación nacional de bienes de equipo, al que van adjuntos una tabla y un gráfico en el que la citada Asociación le advierte claramente de que los precios de alquiler publicados en el Boletín Oficial del Estado son muy superiores a los que habrían resultado si la Dirección General de la Energía los hubiera calculado conforme a lo establecido legalmente (si desea más información sobre este asunto, pulse aquí para ir a 11.3.- El Boletín Oficial del Estado miente: Prueba documental 2)

    Dado que desde el 01.01.2001 la generación de energía es una actividad jurídicamente independiente y tiene, por tanto, una contabilidad propia, las compañías que realizan actividades de generación y distribución (como es el caso de Endesa, Iberdrola y Unión Fenosa) están obligadas a separar ambas actividades. Así, por ejemplo, si Endesa-Distribución necesita comprar energía para suministrársela a sus clientes, debe acudir al mercado en el que Endesa-Generación oferta dicha energía.

    Ello incentiva la picaresca entre las compañías que realizan ambas actividades, pues una subida en los precios de venta de la energía beneficia a la filial encargada de la generación, que cobra más por la energía vendida, sin perjudicar a la filial encargada de la distribución, que recupera a través del déficit tarifario (la diferencia entre lo pagado por la energía y lo cobrado por la venta de dicha energía a los precios regulados por el Gobierno) lo pagado de más por la energía comprada.
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