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La respuesta está, entre otros, en los dos siguientes documentos:

Resolución de 07.07. 2009 de la Junta de Andalucía
En este documento, emitido por la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Innovación, Ciencia e Industria en respuesta a la triple reclamación de D. Miguel Báez Rosas, consta que la respuesta de Endesa a la pregunta de la citada Delegación de por qué había sustituido el 03.02.2009 el contador electromecánico del reclamante por un contador electrónico Orbis descatalogado y no apto, por tanto, para telegestión, la respuesta fue la siguiente:
    "Respecto a la razón de no haber instalado un contador con posibilidad de telegestión.

    Atendiendo al artículo 9.8 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida y a la disposici6n adicional primera de la Orden ITC13860/2007, de 26 de diciembre, tenemos que indicarle que con fecha 31 de marzo de 2008 se presentó ante la Dirección General de Política Energética y Minas la "Solicitud de Aprobación del Sistema de Telegestión de Endesa", sin que hasta la fecha se haya recibido ninguna notificación al respecto.

    Igualmente, los Planes de Instalación que tiene que aprobar cada Comunidad Autónoma, se presentaron ante la Junta de Andalucía con fecha 19.06.2008, y aún no ha habido Resolución.

    Siendo ese el motivo de no montar aún este tipo de contadores"
    .
Informe 23/2009 de la Comisión Nacional de Energía
Según consta literalmente en el punto 5.1 de este documento,
    - aún no existen equipos en el mercado que cumplan con las exigencias normativas, al encontrarse los fabricantes y las propias empresas distribuidoras a la espera de que se aprueben los Sistemas de Telegestión presentados ante el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

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