Inicio > La estafa > Endesa: La impunidad del corsario > Recurso de alzada de 28.07.2009 de Endesa (2/9)




Personado el 28.01.2010 en la Delegación Provincial, el Sr. Báez Rosas comprobó con sorpresa que en el expediente había dos documentos de cuya existencia no había sido informado: Como es tradicional en los escritos de descargo de Endesa, el recurso de alzada de 28.07.2009 está plagado de burdas falsedades, que se suman a las alegadas contra la resolución de 07.07.2009 y ponen nuevamente de manifiesto la falta de ética de dicha compañía y su profundo desprecio hacia sus clientes y hacia los funcionarios de la Junta de Andalucía, a los que supone controlados por el PSOE, su socio en la mafia del kilowatio y planificador de la estafa en los precios de los contadores de la luz, que a 31.12.2009 llevaba reportados a Endesa más de 1.700 millones de euros.

Las falsedades alegadas por Endesa contra la Resolución de 07.07.2009 son las siguientes:

Falsedad 1
Asunto: Incremento unilateral de la potencia contratada ( 20.3.- Fraude masivo 3)

- Resolución de 07.07.2009: “El cambio de tarifa 2.0N (antigua tarifa nocturna) a cualquier otra, por imperativo normativo, no debe implicar el cambio de potencia contratada”.

- Alegación de Endesa: El artículo 2.2 del Real Decreto 842/2002 no puede ser utilizado como argumento para considerar incorrecto el incremento de potencia contratada, aunque esa sea la opinión de la Comisión Nacional de Energía, pues ésta es “una mera opinión, si se quiere, de carácter redundante, pero tan solo una opinión huérfana de justificación o motivación”.

- Comentario: El artículo 2.2 del Real Decreto 842/2002 establece claramente que el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión se aplicará a
pág 268