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18.5.- Compañías comercializadoras propuestas
Las dos compañías comercializadoras que le propongo son las siguientes:
Usuarios con P < 10 kw
Dado que, como le expuse en el
punto 18.2,
las CML no aceptan clientes con P < 10 kw o, si los aceptan, les aplican la TUR,
carece de sentido que pase usted al mercado libre, pues éste no le ofrece ninguna
ventaja.
Los usuarios con P < 10 kw estamos, pues, obligados a contratar con una de las cinco
CUR.
Mi propuesta es que contratemos con E.ON Comercializadora de Último
Recurso, lo cual, sin perjudicarnos absolutamente en nada, nos permitirá escarmentar
a las CUR pertenecientes al mismo grupo empresarial que las cuatro grandes distribuidoras
que durante años nos han tratado como a ganado: Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa e
Hidrocantábrico.
Usuarios con 10 kw < P < 15 kw
Si tiene usted contratada una potencia superior a 10 kw e inferior a 15 kw, está obligado
a pasar al mercado libre, y será penalizado si no lo hace. Como le expuse en el
punto 17.4.1,
la penalización será del 5% a partir del 01.10.2009; del 10%, a partir del 01.01.2010,
y del 20%, a partir del 01.04.2010.
Mi propuesta es que contrate con Nexus Energía, que tiene los
siguientes
precios
y
condiciones generales de suministro.
Dado que el éxito de la operación depende de que actuemos organizada y masivamente, le
ruego lo siguiente:
- Contrate con la compañía comercializadora que le propongo, es decir, con
E.ON Comercializadora de Último Recurso, si su potencia
contratada es inferior a 10 kw, y con Nexus Energía, si es
superior a 10 kw.
- Envíe
www.estafaluz.com
a todas las personas incluidas en su lista de correos.
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