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18.5.- Compañías comercializadoras propuestas
Las dos compañías comercializadoras que le propongo son las siguientes:

Usuarios con P < 10 kw
Dado que, como le expuse en el punto 18.2, las CML no aceptan clientes con P < 10 kw o, si los aceptan, les aplican la TUR, carece de sentido que pase usted al mercado libre, pues éste no le ofrece ninguna ventaja.

Los usuarios con P < 10 kw estamos, pues, obligados a contratar con una de las cinco CUR.

Mi propuesta es que contratemos con E.ON Comercializadora de Último Recurso, lo cual, sin perjudicarnos absolutamente en nada, nos permitirá escarmentar a las CUR pertenecientes al mismo grupo empresarial que las cuatro grandes distribuidoras que durante años nos han tratado como a ganado: Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa e Hidrocantábrico.

Usuarios con 10 kw < P < 15 kw
Si tiene usted contratada una potencia superior a 10 kw e inferior a 15 kw, está obligado a pasar al mercado libre, y será penalizado si no lo hace. Como le expuse en el punto 17.4.1, la penalización será del 5% a partir del 01.10.2009; del 10%, a partir del 01.01.2010, y del 20%, a partir del 01.04.2010.

Mi propuesta es que contrate con Nexus Energía, que tiene los siguientes precios y condiciones generales de suministro.

Dado que el éxito de la operación depende de que actuemos organizada y masivamente, le ruego lo siguiente:
    - Contrate con la compañía comercializadora que le propongo, es decir, con E.ON Comercializadora de Último Recurso, si su potencia contratada es inferior a 10 kw, y con Nexus Energía, si es superior a 10 kw.

    - Envíe www.estafaluz.com a todas las personas incluidas en su lista de correos.
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